Constitucion

Artículo 74.

Texto Legal

- Los derechos y beneficios a que este Capitulo se refiere son irrenunciables. Su enumeracion no excluye otros que se deriven del principio cristiano de justicia social y que indique la ley; seran aplicables por igual a todos los factores concurrentes al proceso de produccion, y reglamentados en una legislacion social y de trabajo, a fin de procurar una politica permanente de solidaridad nacional. TITULO VI - LA RELIGION Capitulo Unico

Preguntas Frecuentes

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