Constitucion

Artículo 186.

Texto Legal

- La Tesoreria esta a cargo de un Tesorero Nacional y de un Subtesorero. Ambos funcionarios gozan de independencia en el ejercicio de sus atribuciones, las cuales seran reguladas por la ley. Los nombramientos se haran en Consejo de Gobierno por periodos de cuatro anos, y solo podran ser removidos estos funcionarios por justa causa.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 186 del Constitucion?

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